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Respuesta a una nueva mentira

Publicado en ,
el 13 de octubre del 2021
por AlertaAlejandro.

Nota de opinión del empresario Bartolome Zubillaga


Es lamentable tener que usar uno de los recursos más preciados y escaso que se tiene, como es el tiempo, para tener que responderle a un ignoto denunciante serial contra mi persona.
Para colmo no le conozco ni la cara porque su perfil en las redes es Chaplin, de tal forma que cuando apareció con el tema de la vacuna, primero entendí que era una broma, relacionándolo con la figura del gran payaso del siglo pasado.
Tampoco pude conocerlo en el marco del juicio civil que le inicié por sus mentiras ya que faltó sistemáticamente y con excusas “formales” a las tres audiencias de mediación a las cuales fue citado. En el marco de este juicio por daños y perjuicios , el producido, de poder cobrarlo será donado a la Asociación de Lucha contra la Obesidad ( ALCO ).
Lo que si tengo claro es que en mi extensa actividad comercial, nunca escuche de él, lo que me lleva a pensar que no ha desarrollado actividad productiva alguna o por lo menos significativa. Como tampoco lo crucé en alguna de las varias instituciones sociales donde participé y tuve hasta el honor de presidir, así que entiendo tampoco ha desarrollado actividades sociales. Mis múltiples actividades me han llevado a tratar con numerosos profesionales : contadores, abogados, arquitectos, ingenieros, técnicos y personas idóneas en sus actividades, pero tampoco allí coincidí, así que tampoco pareciera estar en este grupo.
Sí me queda claro, por sus últimos dichos, que no es hombre del derecho. Porque ningún abogado podría confundir a una persona física con una jurídica. Porque ningún abogado estaría en contra de la defensa de derechos que se creen vulnerados ( para eso casualmente está la justicia ). Porque ningún abogado desconoce que es una sentencia firme lo que se puede reclamar para pagar, no antes. Porque ningún abogado desconoce que hay instancias judiciales habilitadas para todos los ciudadanos que entiendan que una sentencia de primera instancia no es justa. Porque ningún abogado desconoce que los importes de deudas en litigio se actualizan monetariamente al momento que se establece su pago. En fin, ni un estudiante de primer año de la carrera de abogacía desconoce todo lo anterior.
Si por esas casualidades este personaje haya estudiado derecho e igualmente hace este tipo de denuncias, sería más repudiable porque estaría ofendiendo la inteligencia de quienes lo leen, manipulando, seccionando información aprovechándose de sus conocimientos “superiores”. Y la verdad si hace esto por algo donde es fácil de desenmascarar, no quiero pensar como se aprovechara de otros y/o de puestos de ” poder “.
Todo este ataque, que se suma al anterior, hacia mi persona tiene un objetivo, muy burdo, muy obvio : que me marche de la ” política “. A fin de cuentas soy un empresario que puede considerarse exitoso si siendo hijo de un camionero y una inmigrante italiana, que me inculcaron valores que están en las antípodas de este personaje chaplinesco, pude lograr dar trabajo a más de 300 personas por mes, que no se quedó en la comodidad de sus actividades empresariales sino que siempre intervino en cuestiones sociales, desde la creación del primer centro de estudiantes terciarios de nuestra ciudad hasta asumir como concejal con una lista que obtuvo la mayor cantidad de votos de la historia. Y ser esto es una amenaza a los políticos profesionales, que viven del estado, y de los empresarios que como uno, pagan los impuestos. Pero lo deberá seguir intentando porque no pienso irme, al contrario, actitudes como estas sólo me dan más la razón que es necesario que más vecinos y empresarios comprometidos den el paso a la política bien entendida : aquella que sirve para cambiar la realidad de la gente, no de los políticos profesionales.

LOS HECHOS REALES / COMPROBABLES
Antes que nada pido disculpas en mencionarme en tercera persona pero creo que es la única forma que se entienda lo que se quiere mezclar, manipular para confundir intencionadamente
BARTOLOME ZUBILLAGA ( denominada persona física para la ley ) nada le debe a la Municipalidad de Necochea, ni a ARBA, ni a AFIP. Tiene sus bienes registrados a su nombre, y declarados ante AFIP, no usa testaferros. Todo esto fácilmente comprobable ante los organismos mencionados.
AGENCIA TRIMAR S.A. ( denominada persona jurídica para la ley ) es una empresa local, que se dedica a brindar servicios portuarios desde hace 22 años . Contrata mensualmente mas de 250 personas. No tiene deudas con la Municipalidad de Necochea, ni con ARBA, ni con AFIP, ni con ANSES. También fácilmente comprobable.
BARTOLOME ZUBILLAGA es uno de los accionistas de AGENCIA TRIMAR S.A. Para ser mas claros, y aportando una prueba más a que el denunciador serial no tiene mucha idea del derecho o si lo tiene lo tergiversa para sus propios fines, una sociedad anónima tiene accionistas, tiene un directorio también, por lo que las decisiones son grupales, por mayoría, no individuales. Un accionista o director no toma una decisión por si solo. Lógico, si nunca te dedicaste a tener o trabajar en una empresa esto se te puede escapar.
AGENCIA TRIMAR S.A. entiende que no le corresponde abonar la Tasa por Seguridad e Higiene por los trabajos que realiza en el ámbito denominado zona primaria aduanera, en principio por una cuestión de jurisdicción pero principalmente porque los trabajos se realizan a bordo de buques de bandera extranjera. Todo esto siguiendo fallos de la Corte que también asi lo han dicho en casos similares. Cabe destacar que si abona esta tasa por las actividades que desarrolla en su oficina comercial ( despacho de aduana, recepción de mercaderías )
Lo que hizo esta empresa es hacer uso que tiene cualquier organización y/o persona de ejercer su derecho de ser escuchados ante una situación que entiende, como en este caso, no corresponde que le cobren. Caso contrario, todos estaríamos al arbitrio del funcionario de turno y su interpretación.
El juez de primera instancia local fallo en contra de la empresa basado en que la deuda existe, pero no sentencio sobre la cuestión de fondo, es decir si corresponde o no que se le aplique la Tasa a las actividades que se desarrollan en la zona primaria aduanera.
Como no lo definió, la empresa ha optado por apelar ante la Cámara de Apelaciones, haciendo uso de un recurso habilitado y utilizado en este tipo de cuestiones, es decir todo a derecho.
En definitiva, no hay una deuda exigible hasta que la Cámara se expida.
Por supuesto que no se hizo uso de moratoria alguna por la sencilla razón que no había monto de deuda.

HCD

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Publicado en | ,
el 22 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.

El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha emitido dictámenes sobre cuestión similares  a la que suceden en nuestra ciudad, ya sea con el conflicto de poderes entre el Departamento ejecutivo y el Concejo Deliberante (rechazo al veto de los Beneficios impositivos a veteranos de guerra)  como también por el veto anunciado por el intendente Arturo Rojas por las modificaciones en el estacionamiento medido.

En estos casos, la jurisprudencia del Organismo provincial es clara cuando señala “Los concejales que voten a favor y los funcionarios que ejecuten un presupuesto deficitario recibirán cargos económicos solidarios de pleno derecho por parte del Tribunal de Cuentas”

A raíz de esto, vemos análisis de tres doctrinas claves del organismo de control bonaerense sobre el conflicto de facultades entre los Concejos Deliberantes y los Departamentos Ejecutivos.

1. Conflicto, salarios, presupuestos y emergencias (Art. 124 LOM)

  • Consulta: ¿Puede el Concejo Deliberante aprobar modificaciones que incremente el gasto y genere déficit basándose en una “situación de necesidad y urgencia” ?
  • Doctrina del Tribunal: No. El artículo 124 de la LOM es terminante: no se pueden autorizar presupuestos con déficit ni créditos suplementarios sin financiación real (Art. 120). El organismo no acepta excepciones por emergencia al principio de “equilibrio presupuestario” (Art. 31 LOM).
  • Consecuencia: Los concejales que voten a favor y los funcionarios que ejecuten un presupuesto deficitario recibirán cargos económicos solidarios de pleno derecho por parte del Tribunal de Cuentas, además de las responsabilidades civiles y penales correspondientes. Las únicas salidas legales son consolidar deudas, achicar otros gastos o generar nuevos recursos genuinos.

2. Retroactividad de aumentos y cálculo de déficit

  • Consulta: Validez del pago de aumentos salariales antes de la promulgación del Presupuesto y el riesgo de transgresión matemática por desfinanciamiento.
  • Doctrina del Tribunal:
    • Convalidación: Si se pagan sueldos con aumentos antes de que la ordenanza presupuestaria esté formalmente promulgada, el acto administrativo queda convalidado una vez que la ordenanza entra en vigencia y cubre dicho período (ej. vigencia al mes de enero).
    • Sueldo Básico vs. Mínimo: El básico lo determina cada categoría del agrupamiento (Ley 11.757); el mínimo es el menor sueldo mensual de la administración más bonificaciones normales para horario completo (Reglamento de Contabilidad).
    • Alerta Matemática: Si las modificaciones que introduce un Concejo Deliberante a las partidas de personal superan los recursos reales asignados, se rompe el equilibrio de la LOM y opera la responsabilidad automática de los ediles.

3. Presupuesto, creación de cargos 

Consulta: ¿Tiene facultad el Concejo Deliberante para aumentar el monto total del presupuesto, o crear cargos dentro del organigrama municipal?

  • Doctrina del Tribunal: No de forma autónoma. El artículo 35 de la LOM prohíbe taxativamente al Concejo Deliberante crear cargos ajenos a su propio cuerpo.
  • Facultad del Intendente: La creación de direcciones y el nombramiento de personal estable corresponden exclusivamente al Departamento Ejecutivo. El Concejo sólo puede crear cargos bajo el régimen de excepción por ordenanza si la iniciativa surge del propio Intendente.
  • Limitación ilegal: Imponer por ordenanza que el Intendente deba designar a un funcionario “con el acuerdo” de una entidad civil local no se ajusta a derecho, ya que limita ilegalmente las facultades de designación que la LOM le otorga al Jefe Comunal.
  • Vigencia: Si la ordenanza fue aprobada, no fue vetada por el Intendente y no se pidió su nulidad judicial, la norma sigue vigente y es de aplicación, quedando la responsabilidad por el desequilibrio financiero en cabeza de los concejales que la votaron.
Publicado en ,
el 22 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.
-NECOCHEA 18/06/26--HCD NECOCHEA- -5ª SESION ORDINARIA- -FOTO FACUNDO PERROTTA-

Tras la última sesión del Concejo Deliberante, Eduardo Caballero, concejal de La Libertad Avanza se refirió al proyecto aprobado que endurece las penas por maltrato animal.

Esta iniciativa tuvo el apoyo de 15 concejales de los bloques opositores y el rechazo de los cinco ediles de Nueva Necochea.

Caballero explicó que “avanzamos con el proyecto de La Libertad Avanza contra el maltrato animal, creemos que es una ordenanza noble”.

También crítico al bloque oficialista cuando indicó que “ellos señalaban que estábamos apurados a sacar esta iniciativa porque la había apoyado en redes sociales el presidente Javier Milei, cuando en verdad lo que nosotros queremos es es que se termine el maltrato animal y que el Municipio tenga un área destinado a poder ocuparse de esa situación que tanto aqueja a los vecinos”.

Finalizó pidiendo que no sea vetada por el Departamento Ejecutivo.

Dicha iniciativa aprobado modifica el articulo 160 del código contravencional y señala que “El maltrato de animales mediante acciones u omisiones contrarias a las reglamentaciones respectivas, de acuerdo a las normas de carácter nacional, provincial o municipales, serán sancionados con multa de dos (2) a diez (10) salarios mínimos del personal municipal”.

También indica que se “podrá imponer la clausura y/o inhabilitación comercial de hasta noventa (90) días, cuando corresponda según el autor de la contravención, conforme a las disposiciones generales de este Código”.

Por último Caballero destacó la importancia de avanzar en herramientas concretas para combatir el maltrato animal y dejar en claro que en Necochea no puede haber lugar para la violencia contra los animales.

Publicado en ,
el 22 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.

En el inicio de la última sesión del Concejo Deliberante la concejal de Fuerza Patria MDF, Evangelina Almada realizó dos recordatorios históricos vinculados a los aniversarios del bombardeo en la plaza de Mayo y los fusilamientos de  José León Suárez más conocida en 1956.

“En la sesión ordinaria de este jueves pedí la palabra y pude conmemorar dos fechas muy importantes para nuestro país en general y para el peronismo en particular, que como ya sabemos ha sufrido el embate artero a lo largo de su rica historia, con intentos de golpe de estado, bombardeos y desapariciones forzadas, todo por el solo hecho de pensar distinto, de hacerlo por y para el pueblo, con la convicción de que un país más justo, inclusivo y equitativo siempre es posible, lo que siempre trae terribles consecuencias motorizadas por la derecha más rancia.

En este marco, en primer término recordé, haciendo el debido caso a la historia cronológica, un hecho tristisimo como fue el bombardeo a la Plaza de Mayo sucedido el 16 de junio de 1955, oportunidad en la que la armada de aquel entonces descargó toda su artillería aérea sobre un lugar neurálgico de nuestra capital, provocando antojadiza y cruelmente la muerte de más de 300 argentinos y argentinas inocentes, en un claro intento desestabilizador que tuvo como fin provocar un golpe de estado y, como objetivo primordial, asesinar a nuestro líder y otrora actual presidente Juan Domingo Perón, quien se salvó de milagro, lo que lo obligó al inexorable exilio.

Con la Revolución Libertadora transitando con terror las calles del país, encabezada por el para nada feliz recordado general Pedro Eugenio Aramburu, otro hecho doloroso tuvo lugar, como fue el fusilamiento ilegal en los basurales de José León Suarez, la fría noche del 9 de junio de 1956, cuando civiles que se oponían a aquel gobierno de facto perdieron la vida a mano de los opresores de turno. En ese marco, en esa cacería humana, tres días después, es decir el 12 de ese fin de otoño, fue capturado y despedazado a balazos el general opositor Juan José Valle, símbolo de la resistencia, la democracia y la soberanía popular. Era a él al que buscaban, sus seguidores, la excusa perfecta para exterminar sin miramientos.

Otro libre pensador como lo fue el  periodista Rodolfo Walsh, asesinado a manos de la dictadura militar del 76, inmortalizó estas fechas en su libro Operación Masacre, escrito que llegó para reparar una deuda histórica inmortalizando en puño y letra lo acontecido.

Aquellas muertes irracionales, sin juicios ni garantías, esas vidas arrebatadas porque sí, representan una herida profunda en nuestra hoy recuperada democracia, que no son más que el símbolo de lo que ocurre cuando el odio político reemplaza al diálogo, al consenso, las ideas y el fuerte convencimiento”.

Publicado en ,
el 22 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.

Días pasados los trabajadores del Centro de Salud del Barrio Puerto de nuestra ciudad fueron agredidos por parte de una persona que asistió al lugar.

A raíz de esto desde la CICOP se le solicitó al Estado municipal que analice lo sucedido y garantice condiciones dignas y seguras en los espacios de trabajo y atención primaria de la salud.

Trabajar para la prevención y construir mejores respuestas a la contingencia es posible y requiere necesariamente del encuentro con lxs Trabajadorxs y sus Organizaciones” , indicaron

Para visibilizar este hecho difundieron un comunicado que señala lo siguiente: 

“A través de este comunicado, queremos expresar nuestra más profunda solidaridad y repudio ante la situación de violencia peligrosa e injusta sufrida por el equipo del CAPS Puerto durante la jornada de trabajo del pasado jueves 18 de junio.

Ante la adversidad, el equipo de salud no hizo más que demostrar, una vez más, su compromiso y gran labor diaria en la atención a la comunidad.

Queremos que sepan que no están solas, las abrazamos y acompañamos en este difícil momento. NoS ponemos a entera disposición para lo que necesiten.

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La salud pública no puede sostenerse bajo la desprotección de quienes la garantizan. Por este motivo, exigimos firmemente a las autoridades

competentes que estén a la altura de las circunstancias y de manera urgente implementen las medidas necesarias para cuidar y resguardar la

integridad de las y los profesionales de toda la Atención Primaria de la Salud (APS).

Trabajar en comunidad exige el respeto mutuo y condiciones de seguridad básicas. Cuidar a quienes nos cuidan es una obligación impostergable.

CICOP SECCIONAL NECOCHEA”.

Publicado en ,
el 21 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.

A través de un enérgico comunicado, la UTEP Necochea manifestó su repudio ante lo que consideraron un operativo desproporcionado y abusivo por parte de las fuerzas de seguridad contra un trabajador que comercializaba banderas argentinas en la vía pública.

🎙️ Las definiciones clave del comunicado

  • Violencia institucional: “Nada justifica el exceso en los procedimientos ni el trato humillante hacia quien sólo estaba intentando ganarse la vida. No se necesitaban esposas ni el decomiso de la mercadería”.
  • Falta de empleo: “En una ciudad como Necochea, donde escasean las fuentes de trabajo, miles de familias encuentran en la venta ambulante una forma digna de llevar el pan a sus hogares”.
  • Errores en la seguridad: “Mientras crecen el narcotráfico y los delitos que verdaderamente afectan a nuestra comunidad, resulta inadmisible que se destinen esfuerzos a perseguir a un vendedor ambulante”.
  • El rol del Estado: “La respuesta del Estado no puede ser el decomiso ni la criminalización de la pobreza. El trabajo se organiza, se regula y se protege; nunca se persigue”.
  • Reclamo de fondo: “Exigimos políticas públicas que garanticen el derecho al trabajo y el reconocimiento de quienes sostienen la Economía Popular con esfuerzo y dignidad”.

📍 El Dato: El fuerte posicionamiento de la UTEP reabre el debate local sobre la venta ambulante. Mientras los sectores comerciales formales exigen controles ante la falta de pago de tasas, los movimientos sociales advierten que los decomisos sistemáticos en el centro y la villa balnearia golpean directamente el sustento diario de las familias más vulnerables del distrito.

Publicado en | ,
el 21 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.

La Municipalidad de Necochea dictó el Decreto N.º 1958/26, mediante el cual aprobó formalmente la venta en subasta pública del Complejo Casino, dando cumplimiento así a la etapa final del procedimiento establecido por la Ordenanza N.º 12.009/25.

Por su parte la medida convalida el boleto de compraventa suscripto entre la martillera pública interviniente, la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y la empresa adjudicataria A Toda Vela Mar S.A., en cumplimiento del mecanismo previsto por la ordenanza que reguló el proceso de enajenación del inmueble.

Asimismo, el decreto aprueba la rendición de cuentas presentada por la martillera Sandra Mariana Ortega, quien acreditó el desarrollo de la subasta realizada el pasado 10 de junio y el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. También deja constancia de que percibió sus honorarios profesionales, abonados directamente por la empresa adquirente, quedando plenamente desinteresada en la operación.

En la misma norma, el Departamento Ejecutivo tiene por cumplidas las obligaciones asumidas, en esta instancia, por la firma adjudicataria correspondientes a esta etapa del proceso, entre ellas el pago del 10% del precio de venta como principio de ejecución del contrato y el pago del impuesto de sellos del boleto de compraventa.

De esta manera, el Ejecutivo municipal concluye la instancia de aprobación prevista por la Ordenanza N.º 12.009/25, requisito indispensable para otorgar plena validez a la venta realizada mediante subasta pública, que tuvo como adjudicataria a la firma “A Toda Vela Mar S.A.” por un monto de 4.878 millones de pesos.

Finalmente, el decreto recuerda a la empresa adquirente que, conforme a lo establecido en el boleto de compraventa y en la ordenanza vigente, deberá efectuar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación el pago del 15% restante previsto para esta etapa del cronograma de la operación, equivalente a 731,7 millones de pesos, dando continuidad al proceso administrativo de adquisición del inmueble

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