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Tribunal de cuentas: “Si las modificaciones que introduce el Concejo superan los recursos, es responsabilidad de los ediles”

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“A  la angustia que viven 200 familias, no creo que  les interese si utilizó una resolución o una minuta de comunicación”

Publicado en ,
el 18 de septiembre del 2023
por AlertaAlejandro.

Bartolomé Zubillaga, concejal de Nueva Necochea visitó los estudios de FM Vorterix 95.1 para participar de la entrevista de Un tipo a las 10.

Allí se refirió a una nota periodística que criticaba la presentación de un proyecto de resolución en el Concejo Deliberante solicitando información al Consorcio de Gestión de Puerto Quequén sobre el futuro de Terminal Quequén y especialmente de las 200 familias que dependen de esa empresa.

Ante esos cuestionamientos, Zubillaga se mostró tranquilo para señalar que  “esta nota que salió en el periódico local (Ecos Diarios) es de las cosas más insólitas que me sucedieron en esta etapa como concejal, pero también de las que más me alegraron porque vimos que en la tapa un título con una resolución emanada por el Concejo Deliberante, más una página central hablando sobre el tema. La verdad me alegra porque la gente entendió qué es lo que está haciendo el Concejo ante un acuciante problema que enfrentan 200 familias, cómo son las familias de los trabajadores y trabajadoras de Terminal Quequén”.

Además explicó que en esa nota “hay una serie de contradicciones y errores que si me hubieran consultado se hubiera explicado fácilmente”.

Con respecto a los dos planteos, en uno dijo que la nota señala que el Consorcio es un ente público no estatal y por lo consiguiente el Concejo Deliberante no podría haberse dirigido a él.

Ahí hay una situación dado que es público no estatal es un ente que se crea por ley que no tiene fines de lucro y tiene que tender a un interés común. Mientras que los concejales  somos los representantes del pueblo, por eso buscamos promover el interés de la comunidad. Por lo cual en ese punto el Concejo y el Consorcio coinciden en el interés público. Por lo cual a partir de ahí podemos consultar, preguntar y si es necesario intervenir en lo que es el Consorcio de Puerto Quequén”.

Y recordó que al ser un ente público “siempre hay un funcionario que de alguna forma administra un consorcio y su directorio, pero el presidente proviene de la provincia de Buenos Aires”

A eso le sumo que todo está aseveración también se cae cuando sabemos que hay una ley de datos mediante la cual yo como Ciudadano si quisiera consultar al ente público no estatal tienen la obligación de contestarme y de publicar todos sus actos. O sea que nos podemos dirigir como ciudadanos y como Concejo Deliberante porque somos los representantes del pueblo”.

La otra situación, la consideró “irrisoria”, porque según la nota no se debería haber hecho el planteo mediante un proyecto de resolución sino por una minuta de comunicación.

Es gracioso que uno tenga que explicar esto porque es una cuestión interna, que no tiene mayor sentido, porque casualmente es del funcionamiento propio del Concejo Deliberante.

Lo que indica es que deberíamos haber llevado adelante una minuta de comunicación mediante la cual deberíamos habernos dirigido al Intendente, para que le diga al delegado municipal que pregunte lo que nosotros queríamos preguntar, pero claro si me hubieran consultado, yo les hubiera informado que ´no usamos la minuta, por la sencilla razón que el directorio de Puerto Quequén hace meses que estaba en inactivo, entonces en el momento que se resolvió la resolución no teníamos director”.

Culminó afirmando que “la situación era bastante más grave como para seguir esperando y recién el 18 de agosto se nominaron los nuevos directores”.

Luego indicó que “sobre las dos cuestiones que se plantean, una es inexacta y la otra es algo que no se podría haber hecho, es más yo si quiero ver podría utilizar una nota o pedido, informe y no creo sinceramente que la angustia que sufren 200 familias, que no saben qué van a pasar con su destino a partir del 1° de noviembre, le interese mucho si yo utilizo una resolución o una minuta de comunicación”.

Finalizó explicando que “Lo bueno es que al haberse hablado tanto de la resolución, los vecinos y vecinas de Necochea se enteraron de uno de los problemas que tenemos en Puerto Quequén. Y es que una de las principales concesiones, donde trabajan directa e indirectamente  200 personas, el 30 de noviembre termina la concesión y el primero de diciembre no sabemos qué es lo que va a pasar”.

Y recordó que esto surgió porque recibimos en el Concejo, al sindicato que actúa dentro del Terminal Quequén.

HCD

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Publicado en | ,
el 22 de junio del 2026
por AlertaAlejandro.

El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha emitido dictámenes sobre cuestión similares  a la que suceden en nuestra ciudad, ya sea con el conflicto de poderes entre el Departamento ejecutivo y el Concejo Deliberante (rechazo al veto de los Beneficios impositivos a veteranos de guerra)  como también por el veto anunciado por el intendente Arturo Rojas por las modificaciones en el estacionamiento medido.

En estos casos, la jurisprudencia del Organismo provincial es clara cuando señala “Los concejales que voten a favor y los funcionarios que ejecuten un presupuesto deficitario recibirán cargos económicos solidarios de pleno derecho por parte del Tribunal de Cuentas”

A raíz de esto, vemos análisis de tres doctrinas claves del organismo de control bonaerense sobre el conflicto de facultades entre los Concejos Deliberantes y los Departamentos Ejecutivos.

1. Conflicto, salarios, presupuestos y emergencias (Art. 124 LOM)

  • Consulta: ¿Puede el Concejo Deliberante aprobar modificaciones que incremente el gasto y genere déficit basándose en una “situación de necesidad y urgencia” ?
  • Doctrina del Tribunal: No. El artículo 124 de la LOM es terminante: no se pueden autorizar presupuestos con déficit ni créditos suplementarios sin financiación real (Art. 120). El organismo no acepta excepciones por emergencia al principio de “equilibrio presupuestario” (Art. 31 LOM).
  • Consecuencia: Los concejales que voten a favor y los funcionarios que ejecuten un presupuesto deficitario recibirán cargos económicos solidarios de pleno derecho por parte del Tribunal de Cuentas, además de las responsabilidades civiles y penales correspondientes. Las únicas salidas legales son consolidar deudas, achicar otros gastos o generar nuevos recursos genuinos.

2. Retroactividad de aumentos y cálculo de déficit

  • Consulta: Validez del pago de aumentos salariales antes de la promulgación del Presupuesto y el riesgo de transgresión matemática por desfinanciamiento.
  • Doctrina del Tribunal:
    • Convalidación: Si se pagan sueldos con aumentos antes de que la ordenanza presupuestaria esté formalmente promulgada, el acto administrativo queda convalidado una vez que la ordenanza entra en vigencia y cubre dicho período (ej. vigencia al mes de enero).
    • Sueldo Básico vs. Mínimo: El básico lo determina cada categoría del agrupamiento (Ley 11.757); el mínimo es el menor sueldo mensual de la administración más bonificaciones normales para horario completo (Reglamento de Contabilidad).
    • Alerta Matemática: Si las modificaciones que introduce un Concejo Deliberante a las partidas de personal superan los recursos reales asignados, se rompe el equilibrio de la LOM y opera la responsabilidad automática de los ediles.

3. Presupuesto, creación de cargos 

Consulta: ¿Tiene facultad el Concejo Deliberante para aumentar el monto total del presupuesto, o crear cargos dentro del organigrama municipal?

  • Doctrina del Tribunal: No de forma autónoma. El artículo 35 de la LOM prohíbe taxativamente al Concejo Deliberante crear cargos ajenos a su propio cuerpo.
  • Facultad del Intendente: La creación de direcciones y el nombramiento de personal estable corresponden exclusivamente al Departamento Ejecutivo. El Concejo sólo puede crear cargos bajo el régimen de excepción por ordenanza si la iniciativa surge del propio Intendente.
  • Limitación ilegal: Imponer por ordenanza que el Intendente deba designar a un funcionario “con el acuerdo” de una entidad civil local no se ajusta a derecho, ya que limita ilegalmente las facultades de designación que la LOM le otorga al Jefe Comunal.
  • Vigencia: Si la ordenanza fue aprobada, no fue vetada por el Intendente y no se pidió su nulidad judicial, la norma sigue vigente y es de aplicación, quedando la responsabilidad por el desequilibrio financiero en cabeza de los concejales que la votaron.
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el 18 de mayo del 2026
por AlertaAlejandro.

El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Necochea formalizó este pasado viernes 15 de mayo la presentación de un conflicto de poderes ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, apuntando de manera directa contra el Concejo Deliberante de Necochea.

El intendente Arturo Rojas solicitó al máximo tribunal provincial que declare la nulidad e inconstitucionalidad de una ordenanza que otorga beneficios tributarios a veteranos de Malvinas.

El origen de la controversia

La disputa gira en torno al contenido de una normativa aprobada por el cuerpo legislativo que establece nuevos beneficios fiscales para los veteranos de la Guerra de Malvinas, sus viudas y derechohabientes.

Específicamente, la ordenanza cuestionada introduce modificaciones a la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente (OFI) para implementar las siguientes exenciones:

-Exención del pago de Derechos de Oficina para los trámites de las licencias de conducir.

-Exención en el Sistema de Estacionamiento Medido (SEM).

-Exención del impuesto a la patente de rodados para excombatientes, viudas y derechohabientes.

Asimismo, en su artículo 4º, la norma fija de manera taxativa que estas medidas de alivio fiscal deberán ser contempladas de forma obligatoria en el diseño de la Ordenanza Fiscal e Impositiva del próximo año 2027.

Los argumentos del Ejecutivo

El escrito elevado a la Suprema Corte lleva la firma del intendente Rojas y el respaldo técnico del área Legal y Técnica, conducida por el Dr. Ernesto Povilaitis. Desde el Ejecutivo argumentan que el Concejo Deliberante se habría extralimitado en sus funciones al modificar la estructura de ingresos municipales e imponer pautas tributarias para ejercicios futuros (como el de 2027) sin la debida articulación o iniciativa del Gobierno local, afectando las facultades de administración financiera propias del intendente.

Por este motivo, además de exigir que se evalúe el fondo de la cuestión y se dicte la inconstitucionalidad de la norma, la comuna solicitó una medida cautelar urgente para frenar la aplicación de los beneficios mientras los ministros de la Corte bonaerense analizan el caso.

📍El Dato: Un conflicto de poderes es una herramienta jurídica excepcional contemplada en la Constitución Provincial para dirimir cuándo un órgano del Estado local invade las competencias de otro. Mientras la Corte define si acepta el caso y dicta la suspensión, la ordenanza entra en un limbo legal que marcará el diálogo entre el palacio municipal y el Concejo Deliberante.

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el 15 de mayo del 2026
por AlertaAlejandro.

Autoridades provinciales y locales se reunieron para debatir políticas de capacitación para el empleo. El evento contó con la participación de directivos de centros educativos, delegados de trabajo y referentes del Instituto Provincial de Formación Laboral (IPFL).


📋 Participantes y Autoridades

El encuentro fue encabezado por destacados funcionarios y representantes del sector educativo y portuario:

  • Ezequiel Berrueco: Secretario Ejecutivo del IPFL.
  • Liliana Meretz: Directora de Gestión de la Formación Laboral.
  • Cecilia Soiza: Subsecretaria de Empleo del Ministerio de Trabajo provincial.
  • Mariano Carrillo: Presidente Interino del Consorcio de Gestión de Puerto Quequén.
  • Ricardo Rodríguez: Coordinador Regional.
  • Lorena Airoldi: Inspectora de formación profesional.

Articulación estratégica

La jornada permitió un espacio de trabajo conjunto entre los directivos de los centros de formación, representantes de entidades conveniantes y coordinadores territoriales. El objetivo central fue potenciar las herramientas de capacitación laboral en los distritos que integran las cuatro regiones educativas participantes, buscando una mayor inserción de los egresados en el mercado de trabajo regional.

El Puerto como escenario de desarrollo

La elección de la sede en Puerto Quequén subraya la importancia de la terminal marítima como un polo generador de empleo y su rol en la articulación de la formación profesional vinculada a las necesidades productivas de la zona.

Durante las exposiciones, se compartieron experiencias de gestión y se trazaron lineamientos para el ciclo lectivo, haciendo foco en la calidad de la formación laboral y el impacto de los convenios de colaboración en el territorio bonaerense.

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el 6 de mayo del 2026
por AlertaAlejandro.

El espacio MDF llevó adelante una reunión de trabajo con Beltrán Besada Romero, secretario de Economía Popular de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y dirigente provincial del Movimiento Evita, en la que se abordaron distintos ejes vinculados a la realidad económica y social.

Durante el encuentro se analizaron problemáticas que atraviesan a nivel local, provincial y nacional, poniendo especial énfasis en el impacto que la situación actual genera en los sectores más vulnerables y en las economías populares.

Asimismo, se intercambiaron miradas sobre los desafíos que enfrenta el territorio en materia de trabajo, producción y desarrollo, destacando la necesidad de fortalecer políticas públicas que acompañen a quienes sostienen la actividad económica desde abajo.

Desde el MDF remarcaron la importancia de generar estos espacios de diálogo y articulación con organismos provinciales, entendiendo que el contexto actual requiere de un Estado presente, con capacidad de escucha y respuestas concretas.

El encuentro se enmarca en una agenda de trabajo que busca construir propuestas que den respuesta a las demandas reales de la comunidad, priorizando el empleo, la producción y el acompañamiento a los sectores más afectados.

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el 5 de mayo del 2026
por AlertaAlejandro.

La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires resolvió intimar a partidos políticos y agrupaciones municipales que no alcanzan el mínimo de afiliados exigido por la normativa vigente.

Entre ellos se encuentran dos de nuestra ciudad: la Agrupación Comunal Transformadora y Valores para mi País.

En el caso de la ACT solo le restan presentar 16 afiliaciones para regularizar su situación.

A estos espacios políticos se les otorgo un plazo improrrogable de 90 días para regularizar su situación, bajo apercibimiento de declarar la caducidad de su personería jurídico-política.

En caso de no cumplir con la regularización dentro del plazo estipulado, la Junta Electoral podrá avanzar con la caducidad de la personería, lo que implicaría la imposibilidad de participar en procesos electorales

La medida se fundamenta en lo dispuesto por el artículo 46 inciso “f” del decreto ley 9889/82 -modificado por la ley 14.086-, que establece como causal de caducidad no mantener el número mínimo de afiliados requerido. Asimismo, el organismo recordó que tiene la obligación de verificar anualmente esta condición, proceso que se realiza cada 1° de marzo según la Resolución Técnica N° 75/2013.

Antes de adoptar una sanción definitiva, la normativa prevé una instancia de intimación para garantizar el debido proceso. En este marco, las fuerzas que no cumplen con el piso de afiliaciones deberán presentar nuevas fichas que les permitan alcanzar el mínimo legal.

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el 4 de mayo del 2026
por AlertaAlejandro.

Rodrigo Irigoyen , concejal de la Unión Cívica Radical, mostró su preocupación con el estado de las calles de tierra en varias zonas de nuestra ciudad.

Sobre este tema, en sus redes sociales, el concejal señaló “Hoy vemos una ciudad con menos mantenimiento, con respuestas que llegan tarde y con un Estado que no está donde el vecino lo necesita.

Y hay que decirlo claro: no es un problema de recursos, es un problema de prioridades.

Porque gobernar es elegir, y hoy no se está eligiendo bien.

Desde nuestro lugar vamos a insistir en algo básico: orden, planificación y presencia real en la calle…”

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